Hacienda
Así afecta la reforma laboral a los autónomos

Polémicas aparte, la reforma laboral ha sido aprobada y no solo afecta a los trabajadores por cuenta ajena, sino que los autónomos también tendrán que adaptarse a este nuevo marco laboral al que ha dado luz verde el Congreso de los diputados, especialmente si en tu negocio tienes trabajadores a tu cargo.
- Contratos temporales. Aunque todavía falta 6 meses para que esta medida entre en vigor, ya no habrá contratos por obra o servicio. De hecho los contratos temporales tendrán dos modalidades: por sustitución del trabajador o por circunstancias de la producción.
- Contratos de formación o de prácticas. Habrá dos modalidades, de formación en alternancia (hasta 30 años, compatible con los estudios, hasta 2 años de duración y con un 60% de salario durante el primer año) y el de la obtención de la práctica profesional (máximo de un año). Además, si tienes un trabajador con estos contratos, tendrás la obligación de informarle de tus vacantes y estos entrarán, si así lo desea, en el proceso de selección.
- Contratos fijos discontinuos. Serán el formato por excelencia para trabajos estacionales o de temporada. Ojo porque a partir de ahora este tipo de contrato cuenta para la antigüedad de un trabajador.
- ERTES. Serán de dos tipos, para crisis económicas (prorrogable como máximo hasta un año + 6 meses + 6 meses) o para crisis en el sector (6 meses prorrogable a 1 año). En este caso habrá exenciones de un 20% en la cotización a la Seguridad Social.
- Los convenios colectivos priman sobre los convenios de la empresa. En caso de que el del sector tenga mejores condiciones, estas serán las que prevalezcan. Y si este convenio colectivo caduca, seguirá vigente hasta la elaboración de uno nuevo.
- Subcontratación. Rige el convenio del sector de la actividad, y no el de las empresas de contratas y subcontratas. La única excepción es que estos últimos tengan mejores condiciones que los del convenio colectivo.