Hacienda

IRPF del 7% en tus facturas: Cómo afecta la retención reducida a nuevos autónomos

Si acabas de hacerte autónomo, imaginamos que ya conoces que dispones de una tarifa plana para tus primeros meses como trabajador por cuenta propia que aliviará tu contabilidad. No es la única medida: también puedes aplicar una retención reducida del 7% de IRPF en las facturas a tus clientes.

Lo general cuando preparas una factura a tus clientes es que añadas el IVA y una retención del 15%, de acuerdo con la ley del IRPF para actividades profesionales. Pues bien, ¿sabías que puedes “beneficiarte” de una retención reducida del 7%? Las retenciones del IRPF son cantidades de dinero que adelantamos a la Agencia Tributaria de acuerdo con lo esperado en nuestra declaración de la renta.

Al hacerte autónomo puedes aplicar el 7% de retención durante el año de alta y los dos años siguientes, es decir, durante los tres primeros años de tu actividad profesional como trabajador por cuenta propia. Antes de llevarlo a cabo, has de cumplir los siguientes requisitos:

  • No haber ejercido ninguna actividad profesional en los doce meses previos
  • Comunicar a tus clientes que aplicas la retención reducida por inicio de actividad. En el aviso has de proporcionar tus datos de identificación, la fecha de alta en la actividad y cuánto tiempo aplicarás esta medida

Pese a que esta retención reducida puede resultarte atractiva, merece la pena considerar sus ventajas e inconvenientes, ya que esta medida es opcional. Como hemos explicado previamente, se trata de retenciones anticipadas a Hacienda, por lo que si hemos retenido demasiado poco, podemos llevarnos un susto en la declaración. Si no lo aplicamos y nuestro ejercicio va peor de lo esperado, la declaración saldrá a devolver

  • La ventaja más clara y evidente de aplicar una retención del 7% es que dispondrás de más liquidez para maniobrar.
  • Si tu negocio comienza fuerte, cuidado porque ese ajuste al 15% se verá reflejado en tu decoración de la renta.

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