Uncategorized

Autónomo: qué pasa si no pagas el IVA trimestral

Si eres trabajador por cuenta propia y emites facturas con IVA, ya estarás familiarizado con la labor de recaudar el impuesto sobre el valor añadido a lo largo del trimestre para, una vez llegado el momento, lo abones. Pero puede que seas un nuevo autónomo y no tengas muy claro esta obligación o simple y llanamente tengas curiosidad: ¿Qué pasa si no pagas el IVA trimestral correspondiente?

Quizás sea tu primera vez como trabajador por cuenta propia. O que hayas organizado mal tus finanzas y estés gastando un dinero del que, en la práctica, eres el guardián temporal. También puede ser que no te hayan abonado tus facturas y haya concluido el trimestre en el que se han emitido. Sea como sea, no puedes o se te olvida afrontar la declaración trimestral del IVA.

Antes de nada, las presentaciones: si eres autónomo, tienes obligación de presentar el modelo 303 independientemente de lo que factures. Es decir, incluso aunque no emitas ninguna factura en el periodo ni la recibas, ya que en ese caso tendrás que realizar la declaración trimestral marcando ‘Sin actividad’ en la casilla correspondiente.

La Ley 11/2021 es la que recoge las penalizaciones por el impago o el retraso del pago del IVA. Así, por cada mes pendiente de abono, se te cargará un 1% de recargo sin intereses de demora. Lo bueno es que es menos que antes, pero aun así, tendrás que pagarlo. En caso de que el abono se te haga cuesta arriba por culpa de una mala planificación, nuestra recomendación es apostar por el aplazamiento del IVA trimestral.

¿Y si aún así decides no pagar la liquidación trimestral del IVA? Entonces Hacienda te lo notificará y el precio será mucho más alto: hablamos de una sanción de hasta el 100% del valor de este impuesto.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


dos + = 3

Botón volver arriba