Hacienda

Más “paro” para autónomos: estas son las condiciones para solicitarlo a partir del 1 de Febrero

El COVID-19 ha sacudido fuertemente el sector económicos y dentro de este, los autónomos se han llevado un buen golpe. Por este motivo, el gobierno extenderá este martes la prestación extraordinaria por cese de actividad hasta el 31 de mayo. Cabe recordar que este “paro” para autónomos vencía el 31 de enero, en plena tercera ola y con nuevos paquetes de medidas que dificultan enormemente la actividad.

Así, a partir del 1 de febrero, los profesionales que tengan suspendan su actividad laboral de forma temporal a causa de las medidas sanitarias podrán acceder a esta prestación extraordinaria por cese de actividad por un máximo de cuatro meses o, hasta finales de mayo.

Condiciones para solicitar la prestación

Para poder solicitar la  prestación extraordinaria por cese de actividad será necesario cumplir las siguientes condiciones:

  • haberse afiliado a la Seguridad social antes del 1 de enero
  • estar al corriente del pago de todas las cuotas
  • Proporcionar una declaración jurada de ingresos

Esta prestación extraordinaria por cese de actividad para trabajadores por cuenta propia tendrá una cuantía que se corresponde al 50% de la base mínima de cotización correspondiente a la actividad, aunque será posible aumentar un 20% más si eres familia numerosa, siempre y cuando estos sean los únicos ingresos del hogar. Eso sí, en caso de que en el hogar haya más autónomos con derecho a solicitar esta prestación, la ratio bajará al 40%.

¿Quién puede solicitarla?

Esta prestación se dirige a trabajadores por cuenta propia que en el primer semestre de 2021 sufran una caída de ingresos de más del 50% respecto al segundo semestre de 2019.

Los autónomos que además sean trabajadores por cuenta ajena no podrán solicitarla salvo que su sueldo sea inferior a 1,25 veces el salario mínimo interprofesional (esto es  1.187,5 euros).

Si quieres cobrar la prestación desde el día después del cierre de tu negocio, tendrás que solicitarlo en las 21 jornadas naturales siguientes.

En caso de que ya estuvieras cobrando esta prestación, disfrutarás de prórroga hasta el 31 de mayo.

 

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