Hacienda

Así será el nuevo paro mejorado para autónomos tras el nuevo sistema de cotización

De la mano del nuevo sistema de cotización por tramos para trabajadores por cuenta propia llega otra novedad publicada en el BOE: el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, donde se introducen mejoras en el paro de los autónomos. Si no quieres perderte todas las novedades, sigue leyendo y no dudes en consultarnos si te surgen preguntas.

A partir del 1 de enero de 2023 entra en vigor el nuevo paro para autónomos, que tiene como objetivo mejorar la protección social de estos trabajadores facilitando el cese de actividad, la compatibilización con la actividad y la llegada de nuevas ayudas.

  • Reducción del tiempo mínimo de cotización necesario para recibir la prestación. Anteriormente eran necesarios los 12 meses inmediatamente previos y realizados de forma continuada. Ahora bastará con al menos 12 meses dentro de los 24 meses anteriores.
  • Paro parcial.  En este caso los trabajadores pueden combinar la prestación con el mantenimiento de su actividad reducida. En este caso se ha eliminado el requisito que dejaba fuera a los trabajadores que habían sobrepasado la edad legal de jubilación.
  • Nuevas ayudas: relacionadas con la reducción de actividad, fuerza mayor y ante ERTEs provocados por crisis cíclicas o sectoriales.

El acceso a estas ayudas están sujetas a diferentes requisitos. Así, si hablamos del cese parcial será necesario una reducción del 75% en los ingresos o ventas si no tienes trabajadores y, en caso de tenerlos, esta situación deberá extenderse durante 2 trimestres con ingresos inferiores al salario mínimo, reducción de plantilla o suspensión de contratos.

En cuanto al paro parcial por fuerza mayor, será necesaria una declaración de emergencia por la autoridad competente y haya caída de ingresos del 75% respecto al año previo, además de obtener unos ingresos mensuales inferiores al salario mínimo.

Respecto a los ERTEs, si el autónomo tiene trabajadores a su cargo tendrá que haber aplicado un Mecanismo Red al 75% o más de la plantilla, sufrir reducción de ingresos de al menos el 75% en los dos trimestres previos y que sus rendimientos no alcancen al salario mínimo.

Ante cualquier duda, no dudes en ponerte en contacto con Acertius. Estaremos encantados de asesorarte. Puedes llamarnos al 976 796 240, o enviarnos un mail a info@acertius.es.

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