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Tasa Covid: todo lo que debes saber antes de implantarla en tu negocio

Volver a la normalidad nos está costando. No es para menos: al riesgo innegable para la salud que supone salir a la calle e interacciones con otras personas se une a la incertidumbre económica y al reto de retomar la actividad con una serie de medidas de seguridad llamadas a minimizar los contagios por COVID-19.

Estas medidas de seguridad son aplicables tanto a los ciudadanos como a aquellas actividades comerciales que abran las puertas al público, siendo de obligado cumplimiento – bajo pena de sanción – y que van de la mano del cambio de fase de las diferentes Comunidades Autónomas. Es el caso de limitar el aforo, respetar las distancias de seguridad, extremar la higiene y limpieza, uso de elementos de protección individual…

Estas medidas suponen un reto a la productividad. Porque esta nueva normalidad no solo lleva asociada la vuelta al trabajo, sino también el ser menos productivos, ya que no podemos tener el mismo volumen de clientes que antes y se requiere más tiempo para optimizar nuestras instalaciones, así como una serie de materiales adicionales relacionados con la limpieza, seguridad y la higiene. Todo esto tiene un coste y algunos negocios están cobrando al cliente parte de esos gastos mediante la “Tasa Covid”.

Esta “Tasa Covid” hace referencia a la peligrosidad de la exposición al virus y las medidas tomadas para garantizar la seguridad en locales como clínicas dentales, comercios, talleres, peluquerías… Y se hace patente en la factura, donde se lista este extra.

Debería tratarse de un coste ajustado al precio real, y para considerarse una buena práctica empresarial, también debería ser proporcional, es decir, repartido entre quien ofrece el servicio y quienes lo disfrutan. 

De acuerdo con la Organización de consumidores, este cobro extra es totalmente legal, siempre y cuando se avise previamente al cliente, de modo que este esté informado de la nueva práctica antes de aceptar los servicios. En caso de no ser así, el cliente está en la potestad de reclamar a los organismos de consumo pertinente.


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